Actividad Vitivinícola - Apéndice III

19892944 - ¿Cuáles son los convenios alcanzados?
Fecha de publicación: 14/03/2016

Los convenios alcanzados son los suscriptos entre:

- Federación de Obreros y Empleados Vitivinícolas y Afines (FOEVA), la Cámara Vitivinícola de San Juan y la Federación de Viñateros y Productores Agropecuarios de San Juan, homologado mediante la Resolución N° 5 (SSS) del 19 de marzo de 2012.

- Federación de Obreros y Empleados Vitivinícolas y Afines (FOEVA) y diversas entidades representativas de los productores de la actividad vitivinícola de la Provincia de Mendoza, homologado mediante la Resolución N° 6 (SSS) del 19 de marzo de 2012.


- Federación de Obreros y Empleados Vitivinícolas y Afines (FOEVA) y diversas entidades representativas de los productores de la actividad vitivinícola de la Provincia de Río Negro, homologado mediante la Resolución N° 34 (SSS) del 12 de diciembre de 2012.

- Federación de Obreros y Empleados Vitivinícolas y Afines (FOEVA) y diversas entidades representativas de los productores de la actividad vitivinícola de la Provincia de Neuquén, homologado mediante la Resolución N° 8 (SSS) del 6 de marzo de 2015.

- Federación de Obreros y Empleados Vitivinícolas y Afines (FOEVA) y diversas entidades representativas de los productores de la actividad vitivinícola de la Provincia de La Rioja, homologado mediante la Resolución N° 9 (SSS) del 6 de marzo de 2015.

- Federación de Obreros y Empleados Vitivinícolas y Afines (FOEVA) y diversas entidades representativas de los productores de la actividad vitivinícola de la Provincia de Catamarca, homologado mediante la Resolución N° 41 (SSS) del 24 de noviembre de 2015.

- Federación de Obreros y Empleados Vitivinícolas y Afines (FOEVA) y diversas entidades representativas de los productores de la actividad vitivinícola de la Provincia de Salta, homologado mediante la Resolución N° 40 (SSS) del 24 de noviembre de 2015.

  • Fuente: Apéndice III Anexo RG 3834/16
19894993 - ¿Quién es el responsable del ingreso de la "Tarifa Sustitutiva"?
Fecha de publicación: 14/03/2016

El responsable del ingreso de la "Tarifa Sustitutiva" será el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV).

  • Fuente: Apéndice III Anexo RG 3834/16
19897042 - ¿Qué códigos de régimen se consignarán en el SIRE para el ingreso de la "Tarifa Sustitutiva"?
Fecha de publicación: 14/03/2016

Los códigos de régimen a consignar en el SIRE serán:


- Cód. 895 para el Convenio de San Juan.
- Cód. 896 para el Convenio de Mendoza.
- Cód. 135 para el Convenio de Río Negro.
- Cód. 889 para el Convenio de Neuquén.
- Cód. 890 para el Convenio de La Rioja.
- Cód. 471 para el Convenio de Catamarca.
- Cód. 470 para el Convenio de Salta.

  • Fuente: Apéndice III Anexo RG 3834/16
19899091 - ¿Cuál es la forma y el plazo para el ingreso de la "Tarifa Sustitutiva"?
Fecha de publicación: 14/03/2016

Para los Convenios de San Juan, Mendoza, Río Negro, Neuquén, La Rioja, Catamarca y Salta se ingresarán en 5 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, en los meses septiembre, octubre, noviembre, diciembre y enero de cada año.

  • Fuente: Apéndice III Anexo RG 3834/16
19901140 - ¿Cuál es el código de modalidad de contratación a utilizar para identificar a los trabajadores?
Fecha de publicación: 14/03/2016

Los códigos de modalidad de contratación para identificar a los trabajadores en las declaraciones juradas (F931) son los siguientes:

- Convenio de San Juan: cód. 995
- Convenio de Mendoza: cód. 996
- Convenio de Río Negro: cód.991
- Convenio de Neuquén: cód. 985
- Convenio de La Rioja: cód. 987
- Convenio de Catamarca: cód. 982
- Convenio de Salta: cód. 983

  • Fuente: Apéndice III Anexo RG 3834/16